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Título supletorio

Título supletorio: cuando el inmueble no tiene título inscribible

La vía para obtener un título de propiedad formal cuando el bien nunca llegó a tenerlo, o el que existe no puede inscribirse.

Es una situación frecuente en inmuebles antiguos o transferidos informalmente durante generaciones: el propietario real no cuenta con un documento que pueda inscribirse en Registros Públicos. El título supletorio permite que un juez (o un notario, si no hay oposición) reconozca la propiedad y expida el documento que servírá como título inscribible.

Cuándo se usa

Sin título inscribible, un inmueble no puede venderse, hipotecarse ni heredarse con plena seguridad jurídica.

Qué se suele necesitar

Documentos que acrediten la posesión y el origen del bien (aunque sean privados), testigos, y en muchos casos una verificación técnica del predio para descartar superposición con otras propiedades inscritas.

Antes de iniciar este trámite conviene verificar en Registros Públicos si el predio ya cuenta con alguna partida, para elegir la vía correcta.

¿Tiene un caso similar?

Cada situación de propiedad tiene detalles propios. Conversémoslo.

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